Los niños y niñas también tienen derechos y obligaciones. En este sentido, sus derechos están establecidos en la Convención de los Derechos del Niño, difundida en el año 1989 por la Organización de las Naciones Unidas.
Por su parte, sus responsabilidades se extraen de manera general de un documento llamado Declaración Universal de Responsabilidades Humanas, difundido por la Unicef.
Entre los principios más destacados se encuentran el derecho a la identidad y el derecho a ser protegidos por el Estado ante cualquier forma de explotación económica.
Por su parte, entre las obligaciones de los niños destacan la de respetar a otros niños y la de compartir los conocimientos adquiridos en la escuela con otros pares, especialmente si estos últimos tienen algún tipo de discapacidad o condición física o mental.
Los derechos de los niños son todas las disposiciones legales creadas para proteger las libertades de los menores de edad.
Las obligaciones de los niños son una serie de responsabilidades que deben cumplir para establecer las bases de una sana convivencia con sus pares, con su familia y su comunidad.
Los derechos y obligaciones de los niños se extraen de la Convención sobre los Derechos del Niño, aprobada por la Organización de Naciones Unidas en 1989 y de la Declaración Universal de Responsabilidades Humanas, proclamada en 1998 con el auspicio de la UNESCO en conmemoración de los 50 años de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
En la Convención sobre los Derechos del Niño se reconoce a los infantes como agentes políticos, económicos, civiles, culturales y sociales, y se establecen una serie de compromisos que los Estados deben asumir para garantizar la protección de los niños en múltiples ámbitos.
Según quedó establecido en esta Convención, se reconoce como niño o niña a toda persona menor de 18 años, y en virtud de ello se le garantizarán los siguientes derechos:
- Todo niño tiene derecho a la vida.
- Los niños y niñas tienen derecho a la identidad, y esta se expresará con la inscripción del infante ante los organismos competentes en cada país, en donde quedará registrado su nombre y nacionalidad.
- Todo infante tiene derecho a conocer y ser cuidado por sus padres.
- Los niños tienen derecho a participar en los procedimientos legales correspondientes en caso de ser separado de sus padres (a causa de maltrato o separaciones, por ejemplo),
- Todo niño tiene derecho a tener contacto con uno o ambos padres en caso de separación, salvo que dicho contacto no sea beneficioso.
- Todo niño, niña y sus padres tienen derecho al libre tránsito en los Estados que conforman la Organización de Naciones Unidas (ONU). Ese derecho solamente estará restringido en los casos que estén claramente estipulados en la legislación de cada Estado.
- Los niños y niñas tienen derecho a la libertad de expresión, y por lo tanto pueden recibir, difundir y buscar información en múltiples formatos (impreso, digital, oral o artístico). Este derecho se podrá restringir en los casos que la ley lo prevea, como el mantenimiento del orden público y/o para respetar el derecho de terceros a proteger su reputación.
- Los infantes tienen derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.
- Los niños y niñas tienen derecho a asociarse libremente y a reunirse de forma pacífica.
- Todo niño tiene el derecho a ser protegido por la ley contra cualquier injerencia en su vida privada, familiar o que afecte su reputación.
- Aquellos niños y niñas que hayan sido separados de sus padres o familiares en procura de su bienestar tienen derecho a tener asistencia y protección del Estado.
- Todo infante con estatus de refugiado debe ser protegido y asistido para que pueda acceder a sus derechos.
- Los niñas y niñas con discapacidades o condiciones físicas o mentales tienen derecho al disfrute de una vida satisfactoria y en condiciones óptimas que garanticen su desarrollo y su participación en la sociedad.
- Todo infante tiene derecho al acceso a la salud. El Estado debe garantizar los mecanismos que le permitan recibir atención médica oportuna.
- Todos los niños tienen derecho a la seguridad social.
- Los niños y niñas tienen el derecho a vivir en condiciones de vida óptimas que les permitan desarrollar su potencial en el ámbito físico, mental, moral y espiritual.
- Todo infante tiene derecho a la educación gratuita en nivel de primaria, accesible en estudios secundarios y al nivel superior si cumple con los requisitos académicos de rigor.
- Todo niño que forme parte de un grupo social o étnico minoritario tiene derecho a expresarse en su propio idioma y a practicar su propia religión.
- Cualquier niño y niña tiene derecho al descanso y la recreación.
- Los infantes tienen derecho a participar en la vida cultural y artística de su entorno.
- Los niños tienen derecho a ser protegidos contra cualquier forma de explotación económica.
- Todo niño tiene el derecho a recibir asistencia legal si es privado de su libertad
Obligaciones de los niños y niñas
Se entiende que si los niñas y niñas son personas con derechos, también tienen obligaciones. En virtud de ello, en la Declaración Universal de Responsabilidades Humanas, divulgada en 1998, se establecieron las siguientes responsabilidades:
- Los niños y niñas tienen la responsabilidad de respetarse, sin que la raza, la edad, la nacionalidad o la religión sea un impedimento para ello.
- Ningún infante debe aplicar el maltrato físico a otro, ni ninguna otra forma de daño (burlas, acoso, etc.).
- Todo niño y niña tiene la obligación de ayudar a otros infantes en situación de desventaja para que estos puedan disfrutar plenamente de sus derechos.
- Los niños tienen la responsabilidad de cuidar del ambiente. De esta forma podrán disfrutar plenamente su derecho a crecer en un ambiente apropiado para su desarrollo.
- Todo niño tiene la responsabilidad de aprender los conocimientos que se le inculcan en la escuela, siempre en la medida de sus capacidades, y procurando compartir lo que saben con otros niños.
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